El Ministerio de Industria aprobó el pasado mes de enero una Orden Ministerial para la regulación de los servicios de tarificación adicional de las operadoras de telefonía móvil. Dichos servicios consisten en el envío de un mensaje, normalmente de texto, por el que los operadores cobran a sus abonados una retribución a cambio de un servicio de información, comunicación, participación en concursos y sorteos o descarga de contenidos a través de mensajes de texto (SMS), mensajes multimedia (MMS) o mediante conexión a Internet móvil (WAP).
Actualmente, la numeración de estos servicios es totalmente libre, así como el proceso de información de las condiciones y precio final del servicio, con el consiguiente riesgo para los usuarios. Para evitar esto, se asignarán distintos rangos de numeración dependiendo del coste y del tipo de servicio proporcionado:
- números cortos de 5 cifras comenzando por 2 (2XXXX) para servicios con un coste inferior a 1,2€
- números cortos de 5 cifras comenzando por 3 (3XXXX) para servicios con un coste entre 1,2€ hasta 6 €
- números cortos de 6 cifras comenzando por 79 (79XXXX) para los servicios de suscripción con un coste por mensaje recibido inferior a 1,2€
- números cortos de 6 cifras comenzando por 99 (99XXXX) para los servicios exclusivos para adultos
La numeración de estos servicios pasa a ser gestionada por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en lugar de por los propios operadores.
Además no se permitirá que el usuario tenga que enviar más de un mensaje sujeto a tarificación adicional para disfrutar del servicio, práctica muy habitual actualmente. También se obligará al suministrador del servicio a enviar uno o más mensajes con información sobre el servicio solicitado (incluyendo el precio total del mismo), información sobre la empresa proveedora del servicio y la solicitud de confirmación por parte del usuario. Si el usuario no responde a la confirmación se entenderá que renuncia a la prestación del servicio.
Asímismo, los operadores deberán permitir a los usuarios que lo deseen restringir el acceso desde sus línas a estos servicios de tarificación adicional. Esta restricción de acceso se implementará por niveles, es decir, un usuario puede restringir el acceso sólo a los servicios clasificados para adultos y poder así solicitar los servicios normales. Los operadores también deberán incluir un desglose de la facturación que especificará qué importe corresponde a la tarificación adicional y qué parte al servicio prestado.
Por lo tanto, con esta regulación se busca proteger principalmente los derechos de los consumidores, tradicionalmente mermados en cuanto a la contratación de servicios de telecomunicaciones se refiere. Sin embargo estas medidas no han sido bien recibidas por las empresas proveedoras de estos servicios por el impacto que puede suponer a su actual modelo de negocio.
Esta normativa iba a entrar en vigor el próximo mes de noviembre pero ha sido aplazada de mutuo acuerdo entre las partes. Así, entrará en vigor una vez hayan transcurrido cuatro meses desde la publicación del Código de Conducta que debe elaborar la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
[Actualización, 18/11/2008]
La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) ha denunciado que el Ministerio de Industria ha retrasado sin fecha la aprobación del Código de Conducta a través de una Orden Ministerial publicada en el BOE de 13 de noviembre que elimina el plazo temporal para la aprobación del Código de Conducta de protección de los consumidores con relación a los llamados SMS Premium.
Desde el Ministerio de Industria esgrimen que necesitan más tiempo para alcanzar un consenso entre todas las partes implicadas: el propio Ministerio, el de Sanidad y Consumo, las operadoras, los prestadores de servicios y los usuarios, representados en este caso por CEACCU.
Este código debería regular, entre otros aspectos, la información que deben recibir los usuarios, la formulación de la publicidad sobre estos servicios, la necesidad o no de navegación por Internet para acceder a la oferta o el desglose de las facturas.